Siga los pasos de la convocatoria para proveer 80 empleos de carácter temporal
La Secretaría Distrital de la Mujer le cuenta cuáles son los pasos que debe tener en cuenta en el proceso de selección de los ochenta (80) empleos de carácter temporal de la convocatoria vigente en la Entidad.
Toda la información relacionada con la convocatoria, la puede consultar en la Resolución 0438 del 27 de septiembre de 2016: “Por la cual se convoca al proceso de evaluación de las capacidades y competencias de las y los aspirantes a ocupar ochenta (80) empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer”.
Después de surtido el paso de publicación de inscritas o inscritos, se realizará la correspondiente verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y se publicará el listado de admitidas o admitidos.
Posteriormente se realizarán las pruebas o instrumentos de selección que comprenden: prueba escrita de competencias funcionales, que permite establecer nivel de conocimientos y la capacidad de aplicarlos; prueba de entrevista, y por último, prueba de valoración de antecedentes y acciones afirmativas.
La prueba escrita se aplicará en una misma sesión, a todas y todos los aspirantes que fueron admitidos, el mismos día, en el sitio (o los sitios), fecha y hora que se publique, en el botón“CONVOCATORIA EMPLEOS DE CARACTER TEMPORAL” en el menú “CITACIÓN A PRUEBA DE COMPETENCIAS FUNCIONALES”, con por lo menos una anterioridad de tres (3) días hábiles a la fecha de aplicación.
La prueba de entrevista es una comunicación formalizada de interacción, ya sea individual o grupal, donde se produce un intercambio de información a través de preguntas, que permite a las entrevistadoras evaluar la idoneidad de las o los aspirantes. El jurado calificador estará integrado por un mínimo de tres (3) servidoras públicas designadas por la Secretaria Distrital de la Mujer.
La prueba de valoración de antecedentes, consiste en la valoración de los factores de educación y experiencia relacionada con las funciones del empleo, en asuntos referentes a mujer y género, que excedan de lo acreditado para el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el empleo al cual se aspira.
En cuanto a las acciones afirmativas, se implementan en virtud del artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, que proclama el derecho a la igualdad y establece la obligación del Estado de promover condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, de adoptar medidas en favor de grupos discriminados o marginados, y de proteger especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta.
PRUEBA O INSTRUMENTO
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CARÁCTER
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PUNTAJE APROBATORIO
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PESO PORCENTUAL
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COMPETENCIAS FUNCIONALES
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ELIMINATORIO
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60% SOBRE 100%
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40%
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ENTREVISTA
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ELIMINATORIO
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60% SOBRE 100%
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30%
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ANÁLISIS DE ANTECEDENTES
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CLASIFICATORIO
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NO APLICA
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30%
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100%
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Posterior a la aplicación de cada una de las pruebas, se realizará la publicación de resultados de las mismas; y se surtirá el proceso de reclamaciones correspondientes, de acuerdo a lo previsto en la Resolución 0438 del 27 de septiembre de 2016.
Por último, se publicará el listado definitivo de resultados en el cual se establecerá el estricto orden descendente de quienes quedaron en la lista con el puntaje respectivo, para cada una de los procesos efectuados.
El nombramiento para la provisión de los empleos de carácter temporal convocados por la Secretaría Distrital de la Mujer, se realizará en estricto orden de mérito atendiendo la publicación definitiva de resultados.
En la página web www.sdmujer.gov.co a través del botón “CONVOCATORIA EMPLEOS DE CARACTER TEMPORAL”, se podrá consultar permanentemente el estado de la Convocatoria.
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