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Los tocamientos y manoseos no consentidos, son violencia sexual

Los tocamientos y manoseos no consentidos, son violencia sexual

La Secretaría Distrital de la Mujer rechaza los recientes hechos de violencia sexual, manifiestos en tocamientos y manoseos no consentidos y abuso sexual contra mujeres y niñas que se han cometido en diferentes espacios de Bogotá, durante los últimos días.

La violencia sexual es definida como todo acto de naturaleza sexual que se comete sin el consentimiento de una mujer y que le genera daños o sufrimiento. Este delito incluye hechos donde no necesariamente hay penetración, contacto genital o contacto físico. 

Este tipo de delitos evidencian una cultura machista que se reproduce bajo creencias que asocian la violencia sexual a un comportamiento inadecuado de la mujer y al derecho que tienen los hombres sobre los cuerpos de las mujeres. Estas creencias se usan como justificantes de la violencia al culpar a la mujer por su forma de vestir, lugar donde se encuentra, manifestaciones de su sexualidad, hora en la que suceden los hechos o cualquier comportamiento que pueda aparecer como insinuación o aceptación de situaciones sexuales.

En el año 2016, el INMLCF registra 3.518 reportes de mujeres víctimas de presunto delito sexual, frente a la población esta cifra representa una tasa de 85 casos por cada 100.000 mujeres. Tanto en 2015 como en 2016 las localidades con mayor número de reportes por presunto delito sexual son Kennedy y Bosa.

¿Cómo se manifiesta la violencia sexual contra las mujeres?

Puede darse a través de manoseos, tocamientos, comentarios o insinuaciones sexuales no deseadas, acciones para comercializar o utilizar su sexualidad, acoso sexual o trata de personas.

Este tipo de violencia que se ejerce contra las mujeres, abarca un amplio conjunto de formas de coerción como lo son amenazas, intimidaciones, chantajes, extorsiones, manipulaciones, sobornos, uso del poder o cualquier otro mecanismo que anule o restrinja la voluntad de la víctima por parte del victimario.

¿Quiénes ejercen la violencia sexual contra las mujeres?

Generalmente los casos de violencia sexual contra las mujeres son ejercidos por integrantes de una misma familia, incluida la pareja, personas de confianza, conocidos o personas completamente extrañas.

¿Quiénes pueden ser víctimas de violencia sexual?

Cualquier mujer sin excepción, desde la infancia hasta la vejez, puede ser víctima. Esto sin importar su etnia, raza, estrato social, tipo de trabajo, orientación sexual, condición de discapacidad u origen rural.

¿En qué lugares puede darse violencia sexual?

Los hechos pueden darse en el ámbito familiar por parte de los cónyuges o compañeros permanentes, los hijos e hijas, el padre y la madre, abuelos, abuelas, hermanos y hermanas o cualquier persona que viva de forma permanente en el mismo lugar de residencia de la víctima. En el ámbito público puede presentarse en las calles, el barrio, medios de transporte, trabajo, centros educativos, centros de salud, lugares de entretenimiento y en general en todos los espacios donde las mujeres participan y desarrollan sus actividades cotidianas.

¿Si soy víctima o conozco de un caso de violencia sexual, qué debo hacer?

Informarme sobre mis derechos y las rutas para hacerlos efectivos. Se puede acudir a:

 Las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres.

 La Línea Púrpura Distrital 018000112137 “Mujeres que escuchan mujeres”

Solicitar atención integral en salud física, mental, sexual y reproductiva. Se puede acudir al:

 Hospital o Centro de Atención Prioritaria en Salud – CAPS- más cercano así como a las Instituciones Prestadoras de Salud –IPS-, Unidades Primarias de Atención en Salud –UPAS- y Unidades Básicas de Atención en Salud –UBAS-.

Solicitar medidas de protección inmediatas para evitar que los hechos se repitan. Se puede acudir a:

 Comisaría de Familia de la localidad respectiva en caso que los hechos de violencia ocurran en el ámbito familiar.

 Al Juez de Control de Garantías en caso de que los hechos sean conocidos por la Fiscalía General de la Nación o se trate de formas de violencias que ocurran en espacios distintos al familiar.

Acceder a la justicia para que los hechos sean investigados, y las personas responsables sean juzgadas y castigadas. Se puede acudir a:

 La Fiscalía General de la Nación a través del Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual (CAIVAS) y las Unidades de Reacción Inmediata (URI) y Salas de Atención al Usuario (SAU).


Es importante tener en cuenta que cuando una mujer es víctima de violencia sexual por parte de un desconocido, durante las 72 horas siguientes a la ocurrencia de los hechos se debe: - Activar el Grupo Élite de Delitos Sexuales a través de la Línea 123  o - Acudir a la institución de salud o Centro de Atención Inmediata o Estación de Policía más cercana.  A través de estos canales se activará la ruta de protección integral articulando la respuesta intersectorial por parte de las demás entidades competentes.

¿Si los hechos de violencia sexual ocurren en el sistema de transporte público TransMilenio, qué debo hacer?

Al interior de los vehículos articulados el usuario o usuaria víctima y/o la persona testigo de la situación de violencia, debe informar al conductor o conductora, quien el botón de emergencia. El centro de control de TransMilenio, activa el dispositivo policial.

El articulado se detiene en la estación donde exista apoyo policial para atender la situación y capturan al presunto agresor. La víctima y/o persona testigo, se dirige a una de las salas de recepción de denuncias más cercano a la estación donde ocurrió la agresión.

Se cuenta con salas de denuncia en los siguientes portales:

• Portal Norte
• Portal Suba
• Portal 80
• Portal Américas
• Portal Tunal

En caso de no estar cerca a ninguna de estas salas de denuncia, la víctima puede dirigirse a las Unidades de Reacción Inmediata (URI) de la Fiscalía General de la Nación.

La víctima también puede llamar desde celular a la línea de emergencias 123 y reportar la situación informando el número del articulado.

¿Si los hechos ocurren al interior de una institución educativa, cómo puedo denunciar?

La orientadora u orientador de la institución educativa debe recibir y orientar a la víctima y tiene la responsabilidad de iniciar la ruta de atención integral frente a la violencia sexual y realizar seguimiento al proceso de restablecimiento de derechos.

Es deber del Rector o Rectora de la Institución educativa reportar el caso al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, las Comisarías de Familia y la Fiscalía General de la Nación a través del Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual (CAIVAS) para que estas entidades -en el marco de sus competencias- garanticen las medidas de protección y sanción pertinentes.

Asimismo, cuando quien comete el delito es docente, funcionario o funcionaria de la Secretaría de Educación Distrital, el Rector o Rectora debe realizar el reporte ante la Oficina de Control Disciplinario de esta entidad.

Es importante recordar que cuando se tiene conocimiento de los hechos dentro de las 72 horas siguientes a su ocurrencia, se debe activar la atención inmediata a través de la Línea 123.

Se debe garantizar atención integral en salud a través del hospital o centro de atención más cercano. También se puede acudir a la Línea 106 para orientación y atención psicológica de niños, niñas y adolescentes.

 

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Última actualización: 01/02/2016 15:52:00