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Sentencia a Rafael Uribe Noguera hito en delito de feminicidio

Sentencia a Rafael Uribe Noguera hito en delito de feminicidio La condena proferida por el juzgado 35 penal a Rafael Uribe Noguera se convierte en un hito en Colombia, ya que es la primera sentencia en la que se juzga como un feminicidio el asesinato de una niña y por primera vez se reconoce que el delito de feminicidio puede cometerse en contextos diferentes al de las relaciones de pareja. Con la sentencia se transmite un mensaje de cero tolerancias a las violencias contra las mujeres.

El delito base de fijación para la pena fue feminicidio agravado, por ser la pena más alta. De acuerdo a la ley 1761 de 2015 Rosa Elvira Cely el feminicidio puede configurarse cuando se mata a una mujer por el hecho de ser mujer y con posterioridad a una agresión sexual, aclarando que el delito no se restringe a aquellos casos en los que se mata a una mujer luego de que padeciera un continuum de violencias por parte de su pareja o expareja.

Sin embargo, como lo señaló la jueza está condena no se puede exhibir como un trofeo, ya que es un llamado a que se haga justicia. En este caso se actuó en un tiempo record, pero en el 2016 se reportaron 122 casos de feminicidio y es abrumadora la falta de acceso a la administración de justicia, así como la impunidad que acompaña a las víctimas de violencia sexual y feminicidio. “Única y exclusivamente la sentencia será una carta de triunfo sí es el abrebocas para que se le procure, asegure y garantice el acceso a la administración de justicia en igualdad de oportunidades y condiciones a todas las víctimas”, afirmó la jueza.

La sentencia condenatoria tuvo en cuenta lo solicitado por la Secretaría Distrital de la Mujer reconociendo la gravedad de los hechos (feminicidio agravado, violencia sexual agravada y acceso carnal violento agravado) como una violación a los Derechos Humanos de las mujeres, de acuerdo con los tratados internacionales y la legislación. También reconoce el daño irreparable que se causó a la menor, así como la afectación que sufre a la familia, sumado al impacto en la sociedad colombiana y la premeditación de manera libre consiente y voluntaria por parte del agresor.

La sentencia convierte este caso en emblemático por tres aspectos fundamentales:

1. Visibiliza una forma de violencia que era invisible en los estrados judiciales. La violencia como la que sufrió la menor es una violencia que sufren muchas niñas y mujeres en el país y debe investigarse como feminicidio.

2. El caso se resuelve en un tiempo record, con celeridad y contundencia por la acción eficiente.

3. Se evidencia en el país la necesidad de contar con una jurisdicción especial para las mujeres, que permita reconocer la cultura de discriminación que legitima las violencias contra ellas, en la que se les asesina por el hecho de ser mujer.

Tras conocerse la sentencia este miércoles 29 de marzo de 51 años y 10 meses de prisión por los delitos de feminicidio agravado, secuestro simple agravado y acceso carnal violento, la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Secretaría Distrital de la Mujer apelará el fallo para pedir la pena máxima de 60 años, cumpliendo el deseo de la familia que ha sido representada por la entidad desde el inicio del caso.

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Última actualización: 01/02/2016 15:52:00