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Alcaldía Peñalosa vela por atención integral y gratuita, en Clínicas, hospitales y EPS de Bogotá, para víctimas de violencia sexual

Con relación a hechos ocurridos durante los últimos meses, donde algunas mujeres víctimas de violencia sexual no han recibido atención inmediata, gratuita e integral por parte de las clínicas de la ciudad, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de la Mujer, recuerda a los prestadores de salud públicos y privados, que todas las Eps, Clínicas y Hospitales sin excepción, tienen la obligación de conocer e implementar el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual y atender con debida diligencia todo el proceso desde el acceso hasta el egreso, evitando acciones como cobros injustificados que se convierten en una barrera que revictimiza y discrimina a las víctimas.

Toda situación de violencia sexual es considerada una urgencia, es por ello que las y los prestadores de salud no deben ahorrar esfuerzos para garantizar que las víctimas de violencia sexual no se les vulneren sus derechos durante el proceso de atención. Se debe atender de forma inmediata activando acciones integrales médicas y mentales.

Este deber es acorde Ley 1719 de 2014, artículo 23, donde se señala que se debe brindar atención integral y gratuita en salud: “Las víctimas de violencia sexual tienen derecho a la atención prioritaria dentro del sector salud, su atención se brindará como una urgencia médica, independientemente del tiempo transcurrido entre el momento de la agresión y la consulta, y de la existencia de denuncia penal. La atención integral en salud a cualquier víctima de violencia sexual es gratuita. Todas las entidades del sistema de salud están en la facultad obligación de implementar el Protocolo y el Modelo de Atención Integral en Salud para las Víctimas de Violencia Sexual, que contendrá dentro de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo la objeción de los médicos y la asesoría de la mujer en continuar o interrumpir el embarazo”. 


Las acciones que deben emprender las y los prestadores de salud para la atención a víctimas de violencia sexual de acuerdo a la resolución OO459 de 2012 por la cual se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual son:

1. El carácter de URGENCIA médica que SIEMPRE tiene cualquier caso de violencia sexual, independientemente del tiempo transcurrido entre el momento de la agresión y la consulta al sector salud, y el consiguiente deber de brindar atención integral inmediata a las víctimas, cumpliendo con los principios para la atención de urgencias médicas contemplados por el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC) y demás normas vigentes en el tema.

2. El carácter GRATUITO que tiene la atención integral en salud a cualquier víctima de violencia sexual (mujeres, niños, niñas, adolescentes, víctimas en el marco del conflicto armado, entre otras personas que pueden ser sexualmente victimizadas).

3. La CONFIDENCIALIDAD en torno al acto médico que reviste la atención integral de una víctima de violencia sexual.

4. Los derechos de las personas especialmente el derecho de las víctimas de violencia sexual a ser tratadas dentro de los servicios de salud con DIGNIDAD, DISCRECIÓN y RESPETO por su privacidad en el marco de la protección de su seguridad personal. Entre éstos, el derecho que les asiste de rehusar tratamientos o procedimientos que se les ofrezcan.

5. Los servicios de salud disponibles en la zona para las víctimas de violencia sexual y la manera de acceder a ellos.

6. Los HORARIOS de atención de esos servicios de salud, con énfasis en aquellos que están disponibles 24 HORAS al día, siete días a la semana.

7. Los beneficios en salud para las víctimas de violencia sexual que se derivan de una ATENCIÓN OPPORTUNA Y ADECUADA.

8. La necesidad que las víctimas de asaltos sexuales acudan INMEDIATAMENTE o por lo menos, lo más pronto posible, a los servicios de urgencias médicas, sin bañarse ni cambiarse de ropa; si esto no es posible, que lleve la ropa que tenía en el momento de ocurridos los hechos.
 

Conozca acá el Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual

 

Una Bogotá que garantiza los derechos de las mujeres, es una Bogotá mejor para Todos. 

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Última actualización: 01/02/2016 15:52:00