Programa Integral de Vivienda Efectiva PIVE: sin costo para la ciudadanía, trámite personal y sin intermediarios
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Última actualización el Jueves, 05 Octubre 2017 15:59
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Publicado el Jueves, 05 Octubre 2017 15:58
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Dado el interés de mujeres habitantes de Bogotá y buscando aclarar la información sobre el Programa Integral de Vivienda Efectiva PIVE, la Secretaría Distrital de la Mujer difunde los datos principales del programa ofrecidos por la Secretaría Distrital de Hábitat.
El PIVE es el nuevo programa de vivienda en arriendo con opción de compra del alcalde Enrique Peñalosa dirigido a hogares vulnerables con ingresos menores a 2 salarios mínimos, víctimas del conflicto y miembros de minorías étnicas residentes en Bogotá. La sigla PIVE traduce Programa Integral de Vivienda Efectiva.
1. ¿Para qué tipo de viviendas aplica el PIVE?
El PIVE sólo puede ser utilizado en viviendas de interés prioritario (VIP) urbanas nuevas ubicadas en Bogotá DC, cuyo valor comercial no sea superior a 70 salarios mínimos mensuales vigentes ($51.640.190).
2. ¿Quiénes pueden postularse al PIVE?
El Programa Integral de Vivienda Efectiva está dirigido a hogares altamente vulnerables, con integrantes en condición de discapacidad, población víctima de desplazamiento y minorías étnicas residentes en Bogotá. Pueden postularse al PIVE los hogares que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Tener al menos una de las personas que integran el hogar, ciudadanía colombiana y encontrarse en capacidad de obligarse por sí misma.
2. Residir en Bogotá. Este requisito no aplica para los hogares a los que se les haya otorgado el Valor Único de Reconocimiento y se encuentren viviendo transitoriamente en otro municipio, a la espera de una solución habitacional dentro del programa de reasentamiento de la Caja de Vivienda Popular.
3. Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes – SMLMV.
4. No haber hecho efectivos recursos del subsidio nacional de vivienda, del subsidio distrital de vivienda o de los subsidios otorgados por las cajas de compensación familiar, por parte de ninguna de las personas que integran el hogar, que les hubieren permitido adquirir o mejorar una vivienda antes de la asignación del aporte a que hace referencia el presente reglamento. Lo anterior no aplica para los hogares a los que se haya restituido efectivamente el subsidio otorgado, y aquellos de que trata la complementariedad del artículo 16 del presente reglamento.
5. Durante los últimos tres (3) años ninguna de las personas que integran el hogar debe haber sido propietaria o poseedora de inmuebles en el territorio nacional, incluso si solo se tiene la nuda propiedad, salvo las siguientes excepciones:
a. Que sea propietaria de porcentajes de inmuebles adquiridos en un proceso de sucesión, por un valor catastral igual o inferior a 20 SMLMV.
b. Que sea propietaria o poseedora de terrenos ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable o que correspondan a ronda hidráulica o zona de manejo y preservación ambiental – ZMPA, o de terrenos donde sea imposible la conexión a servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, o estén localizados en suelo de protección.
c. Que sea propietaria o poseedora de inmueble en el lugar de desplazamiento, para el caso de hogares víctimas del conflicto armado interno.
3. ¿Dónde y cuándo se realizarán las inscripciones al PIVE? Recuerde que el trámite de inscripción es personal, no tiene ningún costo y no se requiere de intermediarios. Al momento del agendamiento de la cita usted podrá escoger entre los siguientes lugares de inscripción:
• Punto de atención a la ciudadanía de la Secretaría Distrital del Hábitat, Carrera 13 No 52-25 Piso 1. Con horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m., a 4:30 p.m.
• Centros Locales de Atención a Víctimas – CLAV con horario de atención de lunes a viernes de 1:00 pm – 4:00 pm ubicados en:
• Suba: Transversal 126 No. 133-32. Barrió La Gaitana. Tel: 3813000 ext. 4627 Kennedy-Sevillana: Calle 44D Sur No. 72-13. Barrió sevillana. Tel: 3813000 ext. 4631
• Kennedy- Patio Bonito: Carrera 87 No. 5B-21 (CADE). Barrió Patio Bonito. Tel: 3813000 ext. 4623
• Bosa: Calle 69A Sur No. 92-47. Barrió Metro Vivienda. Tel: 3813000 ext. 4628- 4629
• Ciudad Bolívar: Carrera 17F No. 69A-32 Sur. Barrió El Lucero. - Tel: 3813000 ext. 4632
• Chapinero: Calle 63 No. 15-58. Tel: 3813000 ext. 4624
• Rafael Uribe: Calle 22 Sur No. 14A-99. Barrió Gustavo Restrepo. Tel: 3813000 ext. 4620-4621
Más información consultar página principal de la Secretaría Distrital de Hábitat: PIVE