Ayer 28 de septiembre se conmemoró el Día Internacional por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, fecha establecida en el V Encuentro Feminista celebrado en Argentina en 1990, con el propósito de instar a los estados de la región a generar acciones legislativas y de política pública para prevenir las complicaciones en salud y las muertes de mujeres a causa del aborto inseguro y clandestino. Esta conmemoración remite al escenario más amplio de la lucha histórica por la autonomía y ciudadanía plena de las mujeres, siendo paradójico que una sociedad que obstaculiza la concreción de una vida digna para ellas, imponga una carga desproporcionada por establecer límites en su ejercicio reproductivo.
De acuerdo con la OMS, cada año se practican de manera insegura aproximadamente 22 millones de abortos en el mundo, hecho que ocasiona alrededor de 47.000 muertes y discapacidades en 5 millones de mujeres[1]. Desde el enfoque de derechos de las mujeres estas situaciones hacen evidente no solo un accionar sistemáticamente orientado al control de los cuerpos y voluntades de la mitad de la humanidad, sino efectos injustos y evitables, siendo una muerte materna un grave problema de salud pública y un trazador de igualdad de género en el mundo.
Este panorama adverso se expresa con mayor contundencia en países donde el aborto inducido legal tiene altas restricciones o no está disponible, afectando en mayor proporción a mujeres con menores oportunidades socioeconómicas, marginadas de las “dinámicas del bienestar”, que se ven avocadas a procedimientos no solo inadecuados sino riesgosos. Estas condiciones se encuentran además asociadas a bajos niveles de reconocimiento y garantía de los derechos de las mujeres, incluyendo la imposibilidad de vivir una sexualidad que no esté ligada a la reproducción
La Interrupción Voluntaria del Embarazo en Colombia
En el caso colombiano, la Corte Constitucional a través de la sentencia C-355 de 2006 despenalizó el aborto en tres causales: cuando la continuación del embarazo constituya un peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, o cuando el embarazo sea el resultado de una violación, de incesto o de inseminación artificial o transferencia de óvulo no consentidas. Esta decisión constituye un avance en la garantía de los derechos sexuales y de los derechos reproductivos de las mujeres en Colombia, en consonancia con los principios constitucionales y los tratados de derechos humanos ratificados por el país, y con la materialización parcial de las reflexiones y el trabajo de movimientos y organizaciones feministas y de mujeres en el ámbito nacional e internacional.
Es deber del Estado garantizar el cumplimiento de la sentencia C-355 de 2006, sin barreras ni obstáculos, realizando un estricto cumplimiento de los pronunciamientos normativos posteriores que clarifican prácticas prohibidas como el uso tergiversado de la objeción de conciencia por parte de instituciones, y hacen un llamado a la identificación y eliminación de las barreras técnicas, administrativas y culturales que obstaculizan el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En la misma vía, es deber fundamental de las instituciones estatales competentes dar orientación, clara, oportuna e informada a las mujeres de su derecho y los mecanismos de exigibilidad para su aplicación.
De acuerdo con un estudio adelantado en el 2011 por el Instituto Guttmacher, organización sin ánimo de lucro que promueve la salud reproductiva, a pesar del pronunciamiento de la Corte solo una pequeña proporción del total de abortos inducidos en Colombia después de la sentencia han sido legales, lo que conduce a un grave riesgo para la salud y bienestar de las mujeres. Alrededor de un 44% de los embarazos no planeados en Colombia terminan en un aborto inducido, lo que significa un aproximado de 400.400 procedimientos, de los cuales menos del 0,08% fueron intervenciones legales. Según los datos reportados por el mismo estudio, una tercera parte del total de mujeres que tienen un aborto ilegal en el país desarrollan complicaciones que ameritan la atención de instituciones de salud, aunque una quinta parte de estas no reciben tratamiento alguno.
El Estado debe acompañar acciones integrales que avancen en la satisfacción de la demanda y acceso a anticonceptivos modernos para las mujeres, programas integrales para la prevención de embarazos no planeados y no deseados, y la operación de servicios de salud amigables para las mujeres que promuevan una sexualidad placentera y responsable no centrados en la maternidad ni en la restricción de sus derecho a la autonomía sobre su cuerpo.
Panorama distrital: cifras y desafíos
Según la Encuesta Distrital de Demografía y Salud (EDDS) 2011, la demanda insatisfecha en anticoncepción para Bogotá, es decir, la proporción de mujeres en el distrito expuestas a un embarazo que no usan anticonceptivos, a pesar de manifestar su deseo expreso de no querer tener hijos por un tiempo o nunca más, es del 4.6%. Si bien este indicador es inferior al del promedio nacional (7%) aún se plantea como un desafío para la acción estatal frente a la garantía de los derechos de las mujeres.
Los niveles más bajos de satisfacción de la demanda corresponden a las mujeres que han tenido menores oportunidades económicas y de acceso al sistema escolar, escenario en el que se presentan también las menores cifras de participación en espacios de educación para la sexualidad. De esta forma, el campo de los derechos sexuales y los derechos reproductivos se convierte en otro de los ámbitos de la desigualdad. Así mismo, aunque las mujeres en Bogotá tengan un conocimiento promedio de los casos despenalizados por la sentencia superior al del nivel nacional, un aproximado del 15% de las encuestadas por la EDDS 2011 no reconoce ninguna de las tres causales[2].
La continuidad de la difusión de la sentencia y del cumplimiento de las disposiciones de la circular 43 de 2012 de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, en la que se establecen lineamientos técnicos a nivel distrital para la prestación de servicios de salud en casos de Interrupción Voluntaria del Embarazo - IVE, así como el fortalecimiento progresivo de los Servicios Amigables para las Mujeres en salud sexual y salud reproductiva, son algunos de los principales retos en este campo. En su compromiso con el avance de la garantía de los derechos de las mujeres en el Distrito Capital, la Secretaría Distrital de la Mujer orientó y participó activamente de la conmemoración del 28 de septiembre con la ejecución de jornadas de sensibilización sobre la sentencia C-355 de 2006 dirigidas a las mujeres de los distintos territorios de Bogotá. Estas jornadas se adelantan en las veinte Casas de Igualdad de Oportunidades del Distrito, en donde de manera permanente se brinda información sobre los Servicios Amigables, las Rutas de Atención y algunas herramientas para identificar y enfrentar las barreras existentes en el acceso a la IVE.
Estas acciones hacen parte del objetivo señalado en el Plan de Igualdad de Oportunidades y la Equidad de Género[3] que establece la necesidad de Desarrollar y promocionar estrategias pedagógicas y comunicativas que fomenten las prácticas saludables en las mujeres para la disminución de riesgos en salud desde los enfoques de derechos de las mujeres y de género. Particularmente, el poner en marcha mecanismos de seguimiento al cumplimiento de la Sentencia C- 355 de la Corte constitucional en el nivel distrital.
[1] Aborto sin riesgos: Segunda edición guía técnica y de políticas para sistemas de salud. Organización Mundial de la Salud 2012.
[2] Un 84% de las encuestadas por la EDDS 2011 reconocen la causal “cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la mujer”, un 87% “cuando el embarazo es resultado de una violación” y un 87% “cuando hay graves malformaciones del feto incompatibles con la vida extrauterina”. Resumen de prensa “1ª Encuesta Distrital de Demografía y Salud Bogotá 2011. Profamilia- Alcaldía Mayor de Bogotá”. Pp. 39.
[3] La herramienta fundamental para el desarrollo e implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género es el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género.