Dentro de los antecedentes normativos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género del Distrito Capital se destacan:
Acuerdo Distrital 091 de 2003 que establece los lineamientos generales del Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito Capital, definiéndolo como “(…) un instrumento que facilita el diseño de las políticas públicas del distrito capital dentro del marco de la equidad de género, así mismo; es un conjunto de acciones de igualdad interrelacionadas, orientadas a reducir y combatir la desigualdad existente entre hombres y mujeres (…)”
Acuerdo Distrital 119 de 2004, Plan de Desarrollo “Bogotá sin Indiferencia” incluyendo en el Eje Social del mismo el Programa Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres, el cual ordenó poner en marcha y evaluar el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito Capital y definir políticas, estrategias, programas y proyectos para la igualdad plena de los derechos de las mujeres y la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra ellas.
Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito Capital, formulado en 2005 priorizando dentro del mismo los derechos de las mujeres a una vida libre de violencias, a la participación y representación con equidad, al trabajo en condiciones de igualdad y dignidad, a la educación con equidad, a la salud plena y a la cultura y comunicación libre de sexismo.
Decreto Distrital 166 de 2010 que adoptó la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital, incluyendo, además de los seis (6) derechos priorizados en el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género, el derecho de las mujeres a la paz con equidad de género y el derecho al hábitat y la vivienda dignos.
Ya conocida la normatividad distrital que ha servido de fundamento a esta política pública, presentamos el trabajo de recopilación de jurisprudencia de la Corte Constitucional por cada uno de los ocho derechos antes mencionado, en el cual la Oficina Asesora Jurídica tuvo en cuenta no sólo que se incluyeran sentencias emblemáticas sobre los derechos de las mujeres sino, lo más importante, que aparecieran referenciados casos cotidianos, de aquellos que le ocurren a las niñas, adolescentes y mujeres adultas todos los días y en los cuales nuestro Tribunal constitucional ha intervenido para tutelar los derechos amenazados o vulnerados de las mujeres, con el fin de que las lectoras y las lectores puedan identificarse, si están en algún caso similar, empoderarse de ese derecho afectado y encontrar un fundamento para hacerlo exigible ante los jueces de la República de ser el caso.