La Línea Púrpura Distrital y la prevención de violencias contra las mujeres
La Línea Púrpura Distrital: mujeres que escuchan mujeres 01-8000-112-137 es una línea de atención gratuita a través de la cual se orienta, atiende y acompaña a las mujeres víctimas de diferentes tipos de violencias para avanzar en el reconocimiento de sus derechos, que conozcan las rutas de atención existentes y que se tomen las medidas pertinentes para que los hechos no se repitan.
Profesionales en trabajo social, psicología y enfermería, desde una escucha activa realizan su trabajo a través de la línea telefónica en un horario de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. de domingo a domingo. Los motivos de consulta más frecuentes que se realizan a través de este espacio son solicitudes de información sobre la oferta institucional en material de atención a los diferentes tipos de violencias que existen (violencia psicológica, económica, física y sexual).
Desde la Línea Púrpura Distrital se tiene como objetivo contribuir al goce pleno y efectivo de los derechos de las mujeres a la salud plena y a una vida libre de violencias, a partir de la orientación y atención psicosocial desde los enfoques de derechos humanos de las mujeres, género y diferencial.
En ese sentido se trabaja para prevenir y atender desde el primer momento aquellos casos de mujeres que pueden encontrarse ante situaciones y contextos que las ubican en un posible riesgo de feminicidio, para ello se han construido e identificado algunos tips y signos de alerta que permiten avanzar en una efectiva actuación para la garantía plena de derechos de las mujeres.
En la atención en violencias, lo primero que se identifica es la necesidad de escucha por parte de la mujer, teniendo en cuenta las dificultades de visibilizar esta situación en otros escenarios. En sus relatos, la mayoría de ellas manifiestan no contar con redes de apoyo, es decir, no tienen a quién acudir porque se han alejado por diferentes circunstancias de sus familiares, amigas y amigos. Por otra parte son limitados los espacios para socializar fuera del ámbito de lo privado, desconocen la oferta institucional y no tienen conocimiento de lo que puede estar ocurriendo con la vida de otras mujeres en su mismo territorio.
Algunas mujeres reconocen en sus historias las violencias como un continuum en el tiempo, en otros casos ellas no alcanzan a identificar el riesgo en el que se pueden encontrar, ya que han naturalizado los diferentes tipos de violencias, hasta el punto de considerar estas situaciones como algo que hace parte de la cotidianidad de las relaciones interpersonales o de las relaciones de pareja.
En la atención y acompañamiento psicosocial que se realiza, las profesionales de la línea comparten prácticas de autoprotección para las mujeres, teniendo en cuenta si los hechos ocurren por parte de la pareja permanente y/o ex pareja, quien en la mayoría de los casos es el victimario.
Dentro del proceso de activación de rutas de atención se orienta a la mujer desde la explicación del lugar a donde debe acudir, que comprenda los hechos ocurridos en términos de delitos, que reconozca sus derechos en el marco de la ley 1257 de 2008 y que reconozca su experiencia como válida, buscando que no sea anulada o limitado al momento de instaurar la denuncia.
A partir del mes de septiembre de 2015 se implementó en la Línea la categoría de riesgo de feminicidio dentro del registro de llamadas a fin de ahondar un poco más y conocer un poco más frente a quien es el agresor, indagación frente amenazas previas, actividades cotidianas, si pertenece o no algún grupo militar o al margen de la ley, entre otros. Se hizo un análisis según la escala DA (Danger Assessment) desarrollada por la investigadora Jacquelyn Campbell (1985), instrumento seleccionado para ser utilizado en el protocolo de valoración de riesgo de violencia mortal por parte de la pareja o ex pareja, desarrollada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Para aquellas las mujeres que puedan identificar que se encuentran en riesgo por las afectaciones y continuas situaciones de violencia física, es fundamental que conozcan acerca de las medidas de protección policiva, la Casa Refugio para Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, lo que establece la Ley 1257 de 2008, la valoración por parte de medicina legal y la pertinencia de instaurar una demanda.
En los casos de otros tipos de violencias de igual forma se insta a solicitar medidas de protección y vincularse a las Casas de Igualdad de Oportunidades para las mujeres, donde es posible generar nuevas redes de apoyo y donde pueden conocer más acerca de sus derechos.
¡Todas las formas de violencias contra las mujeres son un delito. Actúa y denuncia!