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Oficina de Control Interno

Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes:
 
a). Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría.
 
b). Velar porque el Sistema de Control Interno, se encuentre formalmente establecido en la Secretaría, y su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todas las áreas, y esté en cabeza de las funcionarias y funcionarios del nivel directivo de las mismas.
 
c). Implementar el Subsistema de Control Interno en la Entidad de conformidad con la normativa y políticas establecidas.
 
d). Brindar asesoría en la formulación y aplicación del Subsistema de Control Interno y formular y desarrollar los programas de auditoria administrativa, operativa, financiera y de sistemas que permitan su evaluación con miras a su mejoramiento continuo.
 
e). Fomentar la cultura del control interno basada en el autocontrol, con el propósito de contribuir al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional de la Entidad.
 
f). Verificar que los controles para la gestión, tales como indicadores y estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control, estén adecuadamente definidos y se apliquen por los responsables de su ejecución.
 
g). Verificar el cumplimiento de las normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Secretaría y proponer los ajustes necesarios.
 
h). Aplicar el control de gestión y analizar los resultados con el objetivo de asesorar al Despacho de la Secretaría.
 
i). Asistir a los directivos en el control interno de la Entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en el cumplimiento de los  procesos.
 
j). Evaluar el funcionamiento del Subsistema de Control Interno en las diferentes dependencias.
 
k). Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, diseñados por la Entidad, de acuerdo con la normativa vigente.
 
l). Gestionar la relación con los entes externos de control de acuerdo con sus solicitudes, requerimientos y procesos de auditoria, orientando a las áreas de la Secretaría Distrital de la Mujer en la elaboración de las respuestas con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos de los entes de control.
 
m). Dirigir y coordinar la elaboración y presentación de informes que deben remitirse a los entes de control.
 
n). Coordinar las relaciones con los organismos de control externo, implementar las directrices y políticas que éstos impartan para el fortalecimiento del Sistema Integrado de Gestión, así como elaborar y presentar oportunamente los informes sobre su gestión que requieran dichos organismos.
 
o). Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la Entidad y recomendar los correctivos necesarios.

Fuente: Decreto Distrital No. 0428 de 2013.
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Última actualización: 01/02/2016 15:52:00