ELIMINACIÓN DE VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES Y ACCESO A LA JUSTICIA
- Detalles
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- ¿Cuál es la apuesta?
La Dirección de Eliminación de Violencias contra las Mujeres y Acceso a la Justicia coordina y desarrolla estrategias y acciones orientadas a promover la protección y garantía del derecho de las mujeres a vivir libres de violencias en el Distrito Capital.
Para lograr este propósito, la Secretaría Distrital de la Mujer cuenta con el Proyecto “Bogotá territorio seguro y sin violencias contra las mujeres” que busca:
ü Asegurar la coordinación interinstitucional para la efectiva implementación de estrategias de prevención, atención y protección integral y restablecimiento de derechos de mujeres en riesgo o víctimas de violencias
ü Generar las condiciones para hacer de Bogotá un territorio seguro y accesible para las mujeres, libre de violencias en los espacios públicos y privados, donde todas las mujeres puedan disfrutar de la ciudad y el territorio sin miedo.
Estas acciones se desarrollan en el marco del Sistema Orgánico, Funcional, Integral y Articulador para la Protección a Mujeres Víctimas de Violencias – SOFIA, creado la como estrategia de la administración distrital en torno a la protección del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias (Acuerdo 421 de 2009).
- ¿Cómo avanzamos hacia la garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias?
En esta sección se incluye la información más relevante que da cuenta del quehacer general de cada uno de los equipos de la Dirección. Siempre teniendo en cuenta que se debe asegurar que la información a incluir sea clara y de interés para la ciudadanía. Hay mucha información que si bien es importante, en ocasiones no es pertinente o conveniente su amplia difusión.
a) Coordinación y fortalecimiento del Sistema SOFIA
La puesta en marcha del Sistema SOFIA exige el compromiso y coordinación de todos los sectores de la Administración Distrital para la efectiva implementación de acciones en materia de:
- Prevención: Difusión del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y de las rutas de atención.
- Atención y protección integral: Fortalecimiento institucional que permita una respuesta integral, oportuna y efectiva, que garantice el restablecimiento de derechos a las mujeres en riesgo o víctimas de violencias.
- Evaluación: Espacios locales (Consejos Locales de Seguridad para las Mujeres) y distritales (Mesa de Trabajo del Sistema SOFIA) de coordinación y seguimiento a la respuesta institucional en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres
b) Atención y protección integral a mujeres víctimas de violencias
La Secretaría de la Mujer en concordancia con su mandato y como acción afirmativa, crea el proyecto Casas Refugio para brindarle a las mujeres víctimas de violencias en el ámbito de las familias y en el marco del conflicto armado, un proceso integral con enfoque psicosocial, logrando que las mismas adelanten un proceso de restablecimiento emocional y de derechos. De esta manera la Secretaría de la Mujer, implementa acciones orientadas a la prevención, atención y restablecimiento de los derechos humanos vulnerados a las mujeres.
- ¿Qué son las Casas Refugio?
Las Casas Refugio brindan acogida y atención integral a mujeres víctimas de violencias al interior de las familias y a mujeres víctimas de violencias en el marco del conflicto armado.
Ten en cuenta que las Casas Refugio NO son un albergue temporal.
- ¿Qué puedo encontrar en las Casas Refugio?
- Acogida gratuita para ti y tus hijos e hijas, por un periodo de hasta 4 meses.
- Asesoría y asistencia técnico legal, acompañamiento psicosocial, psicopedagógico y ocupacional, con miras a la reconstrucción de tus proyectos de vida.
- ¿Cuántas Casas Refugio existen?
El Proyecto Casas Refugio cuenta en la actualidad con cuatro (4) casas para mujeres víctimas de violencias al interior de la familia y una (1) casa para mujeres víctimas de violencias en el marco del conflicto armado.
- ¿Cómo puedo acceder a las Casas Refugio?
Para acceder a las Casas Refugio debes:
- Ser mujer, mayor de 18 años, víctima de violencias al interior de la familia o en el marco del conflicto armado.
Si eres víctima de violencias al interior de la familia, conforme a la Ley 1257 de 2008:
- Contar con Medida de Protección expedida por las autoridades competentes (Comisarías de Familia – Jueces y Juezas de Control de Garantías – Jueces y Juezas de Familia).
Si eres víctima de violencias en el marco del conflicto armado, conforme a la Ley 1448 de 2011:
- Ser remitida por la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, los Centros Locales de Atención a Víctimas -CLAV- y la Personería Delegada para la Protección de Víctimas.
- ¿Quiénes no pueden ser acogidas en Casa Refugio?
Según el parágrafo 2°, del Artículo 5º, del Acuerdo 631 de 2015 del Concejo de Bogotá, no pueden ser acogidas en Casas Refugio, las siguientes personas:
- Personas que presenten enfermedades de tipo psiquiátrico, que se encuentren con o sin medicación, así se encuentren incluidas en la medida de protección.
- Mujeres que no presenten una situación de violencia pero que necesiten cubrir sus necesidades básicas.
- Personas con enfermedades graves, que requieran atención especializada.
- Personas consumidoras de sustancias psicoactivas -SPA-.
- Mujeres que no quieran ingresar.
- Mujeres que representan riesgo para otras mujeres al interior de la casa.
- Hombres mayores de 18 años, así se encuentren incluidos en la medida de protección.
- Niñas, niños y adolescentes no acompañados.
[1] Acuerdo 526 del 2013 “Por el cual se crean los Consejos Locales de Seguridad de la Mujer ”