Término
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Definición |
Legalidad |
El servidor público y el particular en los casos previstos en el C. D. U. sólo serán investigados y sancionados disciplinariamente por comportamientos que estén descritos como falta en la ley vigente al momento de su realización.
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Lenguaje incluyente |
al considerar que "(…) pretender que se utilice como universal el vocablo "hombre", solo trae como consecuencia la exclusión de las mujeres pues (…) el término hombre, que en su uso social sólo se refiere a los varones, utilizado en tanto genérico implica que las mujeres "deben estar constantemente calculando si la expresión las incluye o no". "(…) sólo una definición cuyo contenido permita visualizar lo femenino, hace visible a las mujeres, (…) armoniza con los preceptos constitucionales (…)1
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Lenguaje Sexista |
es aquél que nombra la realidad subsumiendo lo femenino en lo masculino e integrando a las mujeres en el mismo, imposibilitándoles de esa manera que nombren el mundo desde su género. El lenguaje sexista es una representación femenina de forma sesgada, parcial o discriminada que asigna valores, capacidades y roles diferente a hombres y mujeres exclusivamente en función de su sexo.
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Ley Disciplinaria |
Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la mujer2
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Libros de contabilidad |
Documentos en donde los entes públicos realizan los registros de sus operaciones, los cuales forman parte integral de la contabilidad pública, y podrán ser diligenciados, ya sea en forma manual o sistematizada.
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Libros principales de contabilidad |
Son el Libro diario y el Libro mayor.
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Libro diario |
Contiene, en los débitos y créditos de las cuentas, el registro detallado cronológico y preciso de las operaciones realizadas, trasladado de los comprobantes de contabilidad.
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Libro mayor |
. Contiene los saldos de las cuentas del mes anterior, las sumas de los movimientos débitos y créditos de cada una de las cuentas del respectivo mes, tomadas del libro diario, y el saldo final del mismo mes
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Liquidación Bilateral del Contrato |
Una vez terminado el contrato se procederá a su liquidación, de conformidad con lo preceptuado por la Ley 80/93 y la ley 1150 de 2007
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Liquidación Unilateral del Contrato |
Si vencido el plazo de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación para la suscripción de la minuta de liquidación bilateral, EL o LA CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por la Secretaría Distrital de la Mujer y se adoptará por Acto Administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición.
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Licitación Pública |
Se entiende por licitación pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los y las interesadas presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la más favorable (Ley 80 de 1993, art. 2 de Ley 1150 de 2007 y Decretos Reglamentarios).
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Llamamiento en Garantía |
Trámite mediante el cual en un proceso de responsabilidad patrimonial adelantado contra el Estado, se vincula al servidor público que pueda estar comprometido como responsable del daño o perjuicio por haber actuado de manera dolosa o gravemente culposa.
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