Término
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Definición |
Manual de Funciones |
Descripción de las funciones generales que corresponden a cada empleo y la determinación de los requisitos para su ejercicio. |
Manual de Procedimientos |
Documento básico que describe la manera como se hace o se desarrolla una tarea, un proceso o una actividad de acuerdo al grado de dificultad, tiempos, movimientos, flujos de operación, controles y normatividad aplicable a cada caso en particular.
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Manual de procedimientos contables |
Procedimientos generales expedidos por la Contaduría General de la Nación, en desarrollo del mandato contenido en el artículo 354 de la Constitución Nacional y de la Ley 298 de 1996. Son de obligatoria aplicación por parte de los entes públicos, y tienen el propósito de garantizar la razonabilidad y consistencia de las cifras consignadas en los estados contables e informes complementarios, mediante acciones de validación y registro adecuado de las operaciones que permitan su confrontación con los flujos reales y físicos de los bienes, derechos y obligaciones que se reconocen en el proceso contable y revelan la situación patrimonial.
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Mapa de proceso |
representación gráfica de los propósitos, funciones o servicios de una entidad o dependencia, generalmente establecidos por la norma de creación de la misma
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Materiales promocionales |
carteles, fotografías, panfletos, artículos cómo plumas, botones, camisetas, que se colocan o se distribuyen en el lugar donde se encuentra el público objetivo relacionado con el servicio en cuestión |
Medios de comunicación |
Todos los métodos, formas, procedimientos, vías que sirven para relacionar o poner en contacto a personas entre sí.
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Memorando: |
Es un documento producto de la gestión jurídica dirigido a las funcionarias y funcionarios de la Secretaría Distrital de la Mujer en el cual se tratan aspectos jurídicos, se dan lineamientos, se unifican criterios de interpretación normativa y jurisprudencial, etc, con el objeto de dar cumplimiento al ordenamiento jurídico nacional e internacional en temas de competencia de la Entidad.
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Meta |
medición cuantitativa y/o cualitativa de un objetivo que se pretende alcanzar en un tiempo señalado, con los recursos necesarios, de tal forma que permite medir la eficacia del cumplimiento de un proyecto, programa, plan o política.
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Miedo insuperable |
Causal de exclusión de la responsabilidad disciplinaria, originada en violencia psicología insuperable ejercida sobre un servidor público tendiente a que realice una conducta u omisión constitutiva de falta
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Ministerio Público |
Función y autoridad que tiene como misión hacer cumplir la ley y velar por la defensa de los intereses generales de la sociedad. Radica en cabeza de la Procuraduría General de la Nación, las Personerías Distritales y Municipales y la Defensoría del Pueblo.
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Modelo de Gestión Jurídica |
Sistema de gestión, orientación y control a la gestión en el ámbito jurídico, que define marcos de política pública en relación con la prevención del daño antijurídico, los asuntos normativos distritales, los conceptos jurídicos, el control disciplinario, la defensa judicial, la contratación pública, las personas jurídicas sin ánimo de lucro, los estudios y la informática jurídica a las entidades, organismos y órganos en el Distrito Capital; y que se orienta a resolver problemáticas y discusiones jurídicas con una visión omnicomprensiva y a largo plazo, que posibilite políticas claras, de reacción inmediata, pero estructuradas.
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Moralidad Pública |
Conjunto de valores éticos vigentes en la sociedad. En la administración pública la moralidad está determinada por normas que fijan las funciones, obligaciones y prohibiciones de los servidores públicos.
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Motivación |
Principio que impone al operador disciplinario la necesidad de fundamentar sus decisiones. (Arts. 100 y s.s. del C. D. U.).
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Multa |
Sanción pecuniaria que tiene como finalidad el constreñimiento, coerción, coacción, presión o apremio al contratista a darle cumplimiento a sus obligaciones, cuando en los términos y desarrollo del contrato, se observa que aquel no está al día en el cumplimiento de las mismas, que se encuentra en mora o retardado para satisfacer oportunamente, conforme al plazo pactado, los compromisos contractuales asumidos. La inclusión de esta cláusula no es obligatoria en los contratos estatales, se da por acuerdo entre las partes y teniendo en cuenta la facultad que la misma Ley 80 de 1993 da a las entidades públicas para adelantar el cobro de sanciones pecuniarias derivadas de los contratos
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Multa Disciplinaria |
Sanción pecuniaria derivada de la comisión de una falta leve dolosa. Se tasa en salarios diarios percibidos al momento de la comisión de la falta.
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